Los 10 datos que se debe saber para aplicar a la Ley Moratoria de los Servicios Públicos

  • ENSA, en conjunto con el Gobierno Nacional, extendió los beneficios de la ley 152 a todo el mes de julio de 2020
  • Hasta la fecha solamente el 12% de los clientes de ENSA que adeudan los meses de marzo, abril, mayo y junio se han acogido a la Ley de Moratoria
  • Todos los afectados pueden acogerse a los beneficios contemplados en la ley llenando el formulario. Este beneficio no es automático y solo contempla los meses de marzo, abril, mayo, junio y julio de 2020.

 

Teniendo en cuenta que ENSA, empresa de distribución de energía eléctrica del noreste de Panamá, en coordinación con el Gobierno Nacional ha extendido a todo el mes de julio los beneficios de la Ley de Moratoria de los Servicios Públicos, es importante recordar algunos datos de interés para que todos sus usuarios puedan aplicar a dicho mecanismo:

A continuación, 10 datos a tener presente para aplicar a la Ley de Moratoria de Servicios Públicos:

  1. Recuerde que el beneficio no es automático. Debe completar el formulario que está en la página web de ENSA para aplicar a la Ley 152 de moratoria de Servicios Públicos.
  2. Si cumple con todos los requisitos, recibirá como respuesta, un correo de parte de ENSA que equivale a la aprobación de su formulario.
  3. Una vez realizado el formulario, no tendrá que volver a hacerlo.
  4. Una vez realizado el formulario, en la factura de agosto recibirá el detalle de la cuota que acordó pagar.
  5. Si es cliente residencial o comercial y ha sido afectado por COVID-19, complete el formulario para que sea beneficiado.     
  6. Por cumplimiento regulatorio, ENSA se reserva el derecho de solicitar los documentos que soporten la causal de afectación COVID-19 indicada por el cliente, en cualquier momento después de haber completado el formulario.
  7. Debe llenar el formulario por cada cuenta que posea, ya que son números NAC diferentes.
  8. Si está alquilando el sitio en el que vive, el titular de la cuenta es quien debe llenar el formulario o autorizar la validación y sustento de la información.
  9. Este beneficio aplica únicamente para personas naturales y jurídicas postpago.
  10. Recuerde que si está afectado por la situación de COVID-19 y no completa el formulario, ENSA no podrá conocer su situación y no será beneficiado con la Ley 152. RECUERDE QUE EL BENEFICIO NO ES AUTOMÁTICO.

A la fecha, solamente el 12% de los clientes morosos de los meses de marzo, abril, mayo y junio han llenado el formulario que se encuentra en www.ensa.com.pa/moratoria y han sido cobijados con los beneficios de la Ley Moratoria de los Servicios Públicos, por lo que ENSA hace un llamado para no dejar para último momento la realización de este formulario.

ENSA reitera a todos clientes que tomará todas las medidas que sean necesarias para garantizar la continuidad de la prestación del servicio de energía eléctrica durante esta coyuntura, y que trabajará de manera mancomunada con el Gobierno Nacional y los actores del sector eléctrico para la superación de esta crisis y en beneficio de la comunidad.


SOBRE ENSA

 

ENSA es un equipo humano de más 550 colaboradores directos y 2 mil indirectos encargado de distribuir y comercializar energía eléctrica a 460 mil clientes en Panamá Este, Colón, Darién, Comarca Guna Yala y las islas del Pacífico. Su zona de concesión representa el 43% de clientes de energía eléctrica del país, con una población de 1.8 millones de personas y un territorio de servicio de 29 mil kilómetros cuadrados con 12,000 km de líneas de distribución. ENSA es una filial de Grupo EPM.